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¿Cuáles son las obligaciones que corresponden al Productor de los Residuos según la nueva Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular?

En referencia a la nueva Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se indica específicamente cuáles son las obligaciones de los productores de residuos para su correcto tratamiento y gestión.

 

Asegurar el correcto tratamiento de los residuos

  • Realizar el tratamiento de los residuos por sí mismo, siempre que disponga de la correspondiente autorización para llevar a cabo la operación de tratamiento.
  • Encargar el tratamiento de sus residuos a un negociante o agente registrado o a un gestor de residuos autorizado que realice operaciones de tratamiento.
  • Entregar los residuos a una entidad pública o privada de recogida de residuos, para su tratamiento, siempre que estén registradas conforme a lo establecido en esta ley.

La responsabilidad del productor inicial o poseedor del residuo concluirá cuando quede debidamente documentado el tratamiento final completo, a través de los correspondientes documentos de traslado de residuos (Documento de Identificación o Contrato de Tratamiento) o mediante un certificado o declaración responsable de la instalación de tratamiento final.

El productor inicial u otro poseedor de residuos domésticos deberá separar en origen sus residuos y entregarlos en los términos que se establezcan en las ordenanzas de las entidades locales.

Facilitar la gestión de los residuos

 

  • Identificar los residuos, antes de la entrega para su gestión y en el caso de que sean residuos peligrosos, determinar sus características de peligrosidad.
  • Suministrar a las empresas autorizadas para llevar a cabo la gestión de residuos, la información necesaria para su adecuado tratamiento.
  • Proporcionar a las entidades locales información sobre los residuos que les entreguen cuando presenten características especiales.
  • Informar inmediatamente a la administración ambiental competente en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos peligrosos o de aquellos que por su naturaleza o cantidad puedan dañar el medio ambiente.

Productor de Residuos No Peligrosos

 

Deberán de presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante la autoridad competente de la comunidad autónoma donde estén ubicadas, la instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que generen más de 1000 toneladas/año de residuos no peligrosos.

Productor de Residuos Peligrosos

 

La nueva Ley 7/2022, a su vez, la persona física o jurídica que genere residuos peligrosos en el desarrollo de sus actividades, deberán presentar una comunicación previa al inicio de la actividad ante la comunidad autónoma dónde estén ubicados.

El productor de residuos peligrosos estará obligado a suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra las responsabilidades a que puedan dar lugar sus actividades atendiendo a sus características, peligrosidad y potencial de riesgo. Quedan exentos de esta obligación los productores de residuos peligrosos que generen menos de 10 toneladas al año.

Antes del 1 de marzo del año posterior respecto al cual se hayan recogido los datos, los productores de residuos peligrosos enviarán una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico.

Almacenamiento, envasado y etiquetado de residuos

 

  • Disponer de una zona habilitada e identificada para el correcto almacenamiento de los residuos que reúna las condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder. En el caso de almacenamiento de residuos peligrosos estos deberán estar protegidos de la intemperie y con sistemas de retención de vertidos y derrames.
  • La duración máxima del almacenamiento de los residuos no peligrosos en el lugar de producción será inferior a dos años cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación. En el caso de los residuos peligrosos, en ambos supuestos, la duración máxima será de seis meses. Los plazos mencionados empezarán a computar desde que se inicie el depósito de residuos en el lugar de almacenamiento debiendo constar la fecha de inicio en el archivo cronológico.
  • No mezclar residuos no peligrosos si eso dificulta su valorización. No mezclar ni diluir los residuos peligrosos con otras categorías de residuos peligrosos ni con otros residuos, sustancias o materiales.
  • Envasar los residuos peligrosos de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
  • Los recipientes o envases que contengan residuos peligrosos deberán estar etiquetados de forma clara y visible, legible e indeleble, al menos en la lengua española oficial del Estado.
  • Los residuos de la construcción y demolición no peligrosos deberán ser clasificados en, al menos, las siguientes fracciones: madera, fracciones de minerales (hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio, plástico y yeso.

Si tu empresa es Productor de residuos o desarrolla su actividad en torno a la gestión de estos y está interesada en adaptarse y cumplir con la nueva legislación vigente en materia de residuos, (economía circular), en Cavala podemos guiarte y ayudarte a conseguir tus objetivos https://www.cavala.es/gestion-medioambiental/

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