Seguridad alimentaria: Exportaciones

Disponemos de personal con la formación homologada por la FDA para realizar y verificar los controles
preventivos en los alimentos de su industria que exige la nueva Ley de Modernización de la Inocuidad Alimentaria o Ley FSMA (Food Safety Modernization Act).

Las empresas que exportan alimentos a Estados Unidos deben adaptarse a los nuevos mandatos promulgados por la FDA (Food Drug Administration) estadounidense si quieren seguir vendiendo sus productos allí. Estos nuevos requisitos son los que se recogen en la Ley FSMA (Food Safety Modernization Act) y son de obligado cumplimiento para todos los exportadores.

La Ley de Modernización de la Inocuidad Alimentaria o Ley FSMA (Food Safety Modernization Act) es de obligado cumplimiento para los productores de alimentos norteamericanos, pero también para todas aquellas empresas alimentarias que quieran exportar, o exporten actualmente alimentos a Estados Unidos.

La FDA publicó siete de las principales reglas bajo FSMA, cada una de las cuales establece nuevos requerimientos con el fin de prevenir la contaminación del suministro de alimentos estadounidenses en vez de reaccionar a dichos problemas. Esta reforma afecta a todos los eslabones de la cadena productiva y de suministro alimentario.

Además de consultoría en la Ley de Modernización de la Inocuidad Alimentaria o Ley FSMA (Food Safety Modernization Act) para la exportación de productos
de origen animal, Cavala imparte formación de seguridad alimentaria en su nombre o subcontratado por las principales certificadoras del mundo.

Te ayudamos a realizar la implantación de los requisitos extracomunitarios y el correcto funcionamiento del Sistema de
Autocontrol Específico en base a SAE 933/2014 y a superar satisfactoriamente la auditoría que realizan las entidades de
certificación acreditadas a través de la realización de ejercicios de trazabilidad de las partidas destinadas a la exportación

La certificación SAE 993/2014 del Sistema de Autocontrol Específico en base a lo establecido en el Real Decreto 993/2014 es necesaria para los establecimientos de productos de origen animal y alimentos que los contengan que deseen exportar sus productos al siguiente entorno extracomunitario:

  • Países con requisitos de sanidad animal y/o salud pública diferentes a los establecidos en la Unión Europea.
  • Países con requisitos diferentes a los establecidos en la Unión Europea que exijan la existencia de listas específicas de establecimientos.
  • Proveedores de establecimientos exportadores a países terceros.
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