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Rut Ballesteros: Doble o nada. Los 10 puntos clave de la doble materialidad

Doble Materialidad

En esta ocasión, este escrito es fruto de la preparación del lanzamiento de la solución digital de doble materialidad que hemos diseñado desde Cavala Soluciones Sostenibles.

Esta herramienta de doble materialidad o importancia relativa, verá la  luz el próximo 31 de mayo y estará disponible para todas aquellas personas interesadas en cumplir con la Directiva CSRD, y redactar sus Estados de Sostenibilidad de acuerdo con las directrices de las NEIS (ESRS) propuestas por EFRAG, e incluso, conforme a los Estándares GRI 2021 obligatorios desde el 1 de enero de 2023, impulsados, estos últimos, desde hace más de dos décadas por Global Reporting Initiative.

Aunque pudieramos ofrecer una visión sobre los que consideramos que son los 10 puntos clave de la doble materialidad o doble importancia relativa, en esta ocasión, lo que haremos será interpretar y facilitar el entendimiento de los 10 puntos clave de la doble materialidad que propone EFRAG en su Guía de Orientaciones para la aplicación de la evaluación de la importancia relativa y que puedes descargarte solicitándonos la aquí.

Los 10 puntos clave para abordar el proceso de doble materialidad o importancia relativa según EFRAG

  1. La evaluación de la importancia relativa es el proceso mediante el cual la empresa determina los asuntos y la información materiales sobre los que debe informarse en su declaración de sostenibilidad o Estado de Sostenibilidad. Efectivamente lo que nos viene a recordar este punto clave es el objetivo de todo Estado de Sostenibilidad. Siendo este objetivo el de informar de forma pertinente y fiel del estado del arte y enfoque de gestión de los impactos, riesgos y oportunidades (IRO) de carácter ambiental, social y de gobernanza que una organización considera importantes desde la perspectiva de la importancia relativa del impacto, o desde la perspectiva de la importancia relativa financiera, o desde ambas perspectivas.
  2. La evaluación no se limita a las propias operaciones de la empresa, sino que también incluye su cadena de valor ascendente y descendente. Ese punto es, en mi opinión, uno de los grandes retos a los que nos enfrenta EFRAG a la hora de definir el alcance de un Estado de Sostenibilidad. No sólo tenemos que informar de los IRO vinculados a nuestra organización sino también de los IRO relacionados con los agentes que participan aguas arriba y aguas abajo de los procesos realizados por la organización. Los impactos, riesgos y oportunidades, por tanto, se deben referir a la cadena de valor que está definida por el glosario oficial de EFRAG como “toda la gama de actividades, recursos y relaciones vinculados al modelo de negocio de la empresa y el entorno exterior en el que opera”. Esto significa que debemos tener en cuenta a agentes que participan en fases anteriores a nuestra organización, proveedores de extracción de materias primas, por ejemplo, y agentes en fases posteriores a nuestra organización, tales como distribuidores, clientes, o gestores de desechos y reciclaje al final de la vida útil de nuestros productos.
  3. Una vez que se haya determinado que un impacto, riesgo u oportunidad es material, la empresa debe identificar los requisitos de las ESRS correspondientes para determinar la información pertinente que debe tenerse en cuenta para su divulgación o, por el contrario, cuando el impacto, el riesgo o la oportunidad no estén cubiertos o estén cubiertos de manera insuficiente por las ESRS, diseñar una información pertinente específica de la empresa. En este punto clave se nos llama la atención sobre la diferencia que existe entre la materialidad y la pertinencia. Mientras que el tema, subtema o sub-subtema puede o no ser material, la información que decidimos aportar sobre él debe ser siempre pertinente porque aporta valor de cara a que tomar decisiones.
  4. La definición de la información que se publica en el Estado de Sostenibilidad depende de si la información está vinculada con: políticas, acciones y objetivos, por un lado, o con métricas, por otro. En el caso de las políticas, acciones y objetivos, la información se divulgará de conformidad con los requisitos de divulgación, o se indicará que la empresa no tiene políticas, acciones u objetivos. En el caso de las métricas, es posible omitirlas cuando se evalúan como no materiales en función de la evaluación de materialidad. Esta omisión es en sí misma información útil relacionada con la sostenibilidad. ¡Ojo! Porque los requisitos de divulgación de la ESRS 2 que abordan cuestiones transversales deben informarse en todos los casos con independencia del resultado de la mencionada evaluación de la importancia relativa.
  5. Un proceso de evaluación de la importancia relativa que cumpla los requisitos de las NEIS/ESRS puede incluir los siguientes pasos según EFRAG: 1) comprender el contexto y la definición de la estrategia de participación de las partes interesadas; 2) identificar una lista de posibles cuestiones e impactos materiales en sostenibilidad, riesgos y oportunidades; 3) la definición de la lista final de asuntos materiales sobre la base de una evaluación de la materialidad de los IRO. Este punto clave que promueve EFRAG es la base del diseño de la solución digital de doble materialidad que hemos construido desde CAVALA Soluciones Sostenibles. Y que hemos consolidado gracias a 1) concretar las fuentes internas y externas que utilizamos para analizar de forma sistemática el contexto de sostenibilidad de la organización; 2) crear una dimensión específica para el benchmarking ESG de posicionamiento de nuestras empresas cliente; 3) definir un catálogo de impactos básico para facilitar la identificación de dichos impactos; 4) proponer unos criterios de evaluación modulables a cada empresa, para facilitar la evaluación de sus IRO.
  6. Tras la realización del proceso de evaluación de la importancia relativa, la empresa revelará los siguientes tres asuntos: 1) el proceso para identificar y evaluar sus impactos, riesgos y oportunidades materiales (NEIS/ESRS 2 IRO-1); 2) la interacción de los impactos, riesgos y oportunidades con su estrategia y modelo de negocio (NEIS/ESRS 2 SBM-3); 3) los requisitos de divulgación de información de las NEIS/ESRS cubiertos en su Estado de Sostenibilidad (ESRS 2 IRO-2). Sobre el primer requisito de divulgación habrá que hacernos cargo del apartado 53 de la NEIS 2 que nos lo deja atado y bien atado. En este sentido, la clave está en ser riguroso para dar respuesta a los apartados de la “a” a la “h”. Sobre el segundo requisito NEIS 2 SBM-2, particularmente destacaría la obligación de localizar los IRO dentro del modelo de negocio, sus propias operaciones y las fases anteriores y/o las fases posteriores de su cadena de valor. Finalmente, interpreto que se aplica el principio preventivo cuando se nos indica que divulguemos los horizontes temporales en los que razonablemente haremos frente a los impactos, y los ajustes actuales y previsibles que se afectarán a los importes de activos y pasivos en el próximo ejercicio.
  7. La participación de las partes interesadas implica recabar aportaciones y comentarios para comprender las preocupaciones de los impactos reales y potenciales de la empresa en las personas y el medio ambiente, y ayuda a fundamentar la importancia de las cuestiones de sostenibilidad desde la perspectiva de los grupos de partes interesadas afectados. La participación de los grupos de interés es necesaria y obligada, si bien, como se nos indica, se trata de comprender los intereses y opiniones de las partes afectadas. En este sentido, debemos divulgar cómo organizamos el modelo de relación con nuestros grupos de interés, destacando, en mi opinión, cómo hemos analizado su participación durante el proceso de diligencia debida y doble importancia relativa. Es decir, si validan o no el catálogo final de temas relevantes, si su voz finalmente se tiene en cuenta y genera modificaciones en la estrategia o modelo de negocio, y cómo informamos a la alta dirección sobre las opiniones y los intereses de las partes interesadas.
  8. Para evaluar la importancia relativa de los impactos de la empresa, se utilizan umbrales cuantitativos y/o cualitativos adecuados basados en la gravedad de los impactos negativos reales, y en la gravedad y probabilidad de los posibles impactos negativos. La gravedad se basa en la escala, el alcance y el carácter irremediable de los impactos negativos y la escala y el alcance de los impactos positivos. La interpretación de este punto clave nos traslada a los procesos de diligencia debida de las organizaciones y a los requisitos de aplicación del apéndice A de la NEIS/ESRS 1, concretamente en el AR 10 se nos ofrecen las claves para la definición de criterios. Precisamente el desarrollo de estos criterios es lo que también hemos incluido en la solución digital de doble materialidad de forma sencilla y precisa, por un lado, pero también adaptable, en un momento dado, de acuerdo con el contexto de sostenibilidad de cada empresa cliente. Efectivamente hemos utilizamos criterios cuantitativos y/o cualitativos, interpretando que son adecuados porque se basan en pruebas justificables y, en la mayor medida posible, en información objetiva.
  9. Los riesgos y oportunidades materiales para la empresa generalmente se derivan de sus impactos o de sus dependencias. Para evaluar su importancia relativa, se utilizan umbrales cuantitativos y/o cualitativos apropiados basados en los efectos financieros previstos en términos de rendimiento, situación financiera, flujos de caja, acceso a la financiación y coste de capital. Para trasladar este punto clave a nuestra solución digital de doble materialidad hemos establecido criterios y umbrales económicos para definir las desviaciones negativas o positivas de futuras entradas o salidas de efectivo previstas, y hemos tenido en cuenta, cuando ha sido necesario, el acceso a la financiación o el coste del capital a corto, medio o largo plazo de la empresa.
  10. Una evaluación realizada en el marco de GRI constituye una buena base para la evaluación de los impactos en el marco de la NEIS/ESRS. Reflejando la equivalencia del alcance de la materialidad financiera en las normas ISSB y las NEIS/ESRS, se espera que una empresa que aplique la NEIS/ESRS pueda cumplir con la identificación de los riesgos y oportunidades que deben revelarse con arreglo a las IFSR. El proceso de diligencia debida, tal como se define en los instrumentos internacionales, puede ayudar a una empresa a identificar y evaluar sus efectos negativos potenciales y reales, así como a evaluar su importancia relativa a efectos de presentación de informes sobre la base de los criterios de gravedad y probabilidad. Sobre este último punto clave únicamente cabe opinar mi total acuerdo, dado que todos nuestros trabajos previos en relación a las iniciativas diferentes a la aparición de las NEIS/ESRS son de gran utilidad, pero además, tras haber abordado el trabajo de doble materialidad con nuestra solución digital de doble materialidad cualquier otro encargo relacionado con GRI, por ejemplo, se vuelve más sencillo aún si cabe.

Conoce la herramienta de CAVALA para calcular la Doble Materialidad

Te invitamos a conocer nuestra aplicación de doble materialidad, fruto del estudio y de la experiencia probada en nuestros clientes que han querido adelantarse a su obligación. Para crear esta solución de doble materialidad hemos tenido en cuenta el contenido y requisitos de las NEIS (ESRS) y de Estándares GRI 2021, nuestras experiencias y conocimientos tanto como consultora, como como verificadora de EINF desde 2018, y memorias de sostenibilidad desde hace veinte años.

Lo que más valoran nuestros clientes es que:

  • Les hemos dado luz en cuanto al aterrizaje de la teoría a la práctica para el cumplimiento de la CSRD.
  • Tienen un catálogo de impactos que pueden vincular a su catálogo inicial de asuntos.
  • Comienzan a entender la tangibilidad de lo financiero en el mundo de la sostenibilidad.
  • Poseen una hoja de ruta de doble materialidad que les guía en cada ejercicio que pueden reproducir o revisar anualmente.


📲 Contáctanos y estaremos encantados de ayudarte: www.cavala.es / info@cavala.es / +34 91 534 0407


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